QUE NO TE SECUESTREN POR SER JOVEN

Las denominadas "batidas" ejecutadas por el ejército nacional como mecanismo de reclutamiento, son consideradas ILEGALES en tanto que es la retención arbitraria (por no portar libreta militar) de los individuos. Si estás pendiente, no te pueden llevar, sólo deben darte la citación y allí puedes poner una tutela por objeción de conciencia (asesórate con la personería).

QUÉ HACER MIENTRAS HAYA UNA BATIDA
Por ser una situación de fuerzas desmedidas (individuo desarmado contra 20 efectivos del ejército armados hasta los dientes) debes solicitar apoyo de las siguientes maneras:
  1. Llamando a La Unidad Permanente de Derechos Humanos en la Personería 2121211 (mantenlo en tu celular y ruedaselo a familiares y/o amigos) informando el sitio exacto donde se está llevando a cabo la "batida". Ellos son veedores de las Fuerzas Armadas y de todas las instituciones del Estado, y defensores de los Derechos Humanos1, por lo que estarán esperando tu llamada.
  2. Llama a la Red Juvenil 239 36 70-217 69 65 (mantenlo en tu celular y ruedaselo a familiares y/o amigos) e informa la misma situación.
  3. Si estás caminando por el centro de la ciudad y ves que están haciendo batidas, por solidaridad con los jóvenes que van dentro de los camiones, llama tambn. Puede ser tu novio, hermano, primito....
  4. Si ves que están llevando a cabo acciones para liberar los jóvenes en cualquier lugar de la ciudad, SÚMATE A LA MULTITUD!
  5. Informa a tus padres y familiares de lo que pasa en la ciudad para que actúen solidariamente, cuando estén frente a la misma situación.
Que no te secuestre* el Estado por ser joven, o por no tener dinero para pagar por tu libertad, ¡eh perdón!, para pagar la libreta militar y/o por no estar armado!!!! !!!!
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1. Derechos vulnerados con las "batidas":
Derecho Humano N° 18 . Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.)
Derecho fundamental protegido por la constitución política de Colombia (artículo 18) Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia) En este mismo sentido, quien quiera prestar el servicio militar, que lo haga, es su decisión... extraña, pero suya al fin y al cabo.
Derecho fundamental protegido por la constitución política de Colombia (artículo 24) Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley (orden de captura o ser cogido in fraganti en la comisión de un delito) tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.

*Según la RAE (Real Academia de la Lengua Española) secuestrar es retener indebidamente a una persona para exigir dinero por su rescate, o para otros fines.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

hey que buen informe se le agradece.
que chimba de blog. las mejores a quien corresponda.
mutxas gracias!

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